viernes, 14 de octubre de 2016

POLITICA CRIMINAL

La Política Criminal es considerada como el estudio del conjunto de medidas empleadas por los órganos de gobierno, para hacer frente a la criminalidad que afecta a un Estado, con la intención de encontrar soluciones pertinentes en la disminución de los niveles de delincuencia, respetando el Estado de Derecho.


Lamentablemente en México, el derecho penal y los servidores públicos encargados de formarlo, aplicarlo y ejecutarlo, han sido rebasados por los altos niveles de criminalidad; posiblemente por falta de actitud y aptitud, por debilitamiento de las instituciones, falta de vocación, o por intereses mezquinos de quienes detentan el poder. Lo cierto es que el garantismo es un discurso vano y letra muerta en la legislación mexicana, debido a que las "garantías individuales" resultan una utopía principalmente para las clases homogéneamente más desvalidas que habitan en los Estados Unidos Mexicanos. Resulta imprescindible llevar a cabo un estudio profundo sobre los elementos constitutivos del delito y delincuente; así como los procedimientos en la formulación, aplicación y ejecución de las normas jurídico penales; es por ello, que en el presente trabajo se analizaran importantes pensadores que han contribuido en la construcción de conceptos, que guardan una relación directa con el tema.


HISTORIA

1. VON Liszt, Franz.
La pena es parte de la historia de la sociedad, forma parte de la cultura e inteligencia del hombre; es la reacción de la sociedad frente a las perturbaciones de la convivencia humana, tanto en lo individual como en lo colectivo. La pena representa un fin en la esfera jurídica penal, se estudia la pena como elemento esencial para logra una armonía social. A través de la idea de fin, la pena posee objetivo y medida, se desarrolla el supuesto del delito, como su contenido y su sistema penal. Bajo el concepto de fin lo coercitivo se convierte en derecho penal.
"Von Liszt ha sido considerado como un idealista positivista, negó la existencia del delincuente nato, criticó a los naturalistas radicales como peligrosos adversarios".
 El delincuente no nace, sino que se hace; es por ello, que debe existir una pena que sea pertinente, para limitar su conducta antijurídica.
La adecuación a fin, es el camino que marca el rumbo ha seguir en el estudio de los delitos, la pena debe ser tomada como protección jurídica de bienes inexcusablemente que en el caso en concreto se aplique en contenido y alcance pertinente, a través de la pena se protege el conjunto de bienes jurídicos.
"… la apertura del derecho penal, no puede ser mera dogmática, sino una disciplina compuesta, en la que conviven otros conocimientos heterogéneos, de carácter jurídico y criminológico".
La pena es correcta si es justa y necesaria, el poder del Estado vincula la idea de fin con la justicia punitiva; solo la pena necesaria es justa; para aplicar una pena primero se deben medir los resultados causados y seleccionar de forma pertinente la pena correcta.
Para determinar la magnitud de la pena, se tiene que utilizar el método sociológico, a través de una sistemática observación de la población, para que posea certidumbre y validez. La estadística criminal sirve para obtener el objetivo, ayuda a comprobar científicamente su eficacia protectora para bienes jurídicos y su eficacia en la disminución de la delincuencia. Se debe observara el delito como fenómeno social y la pena como medio con función social.
"… la pena no puede ser sencilla y únicamente retribución. De la reacción instintiva contra el reo no puede deducirse que la pena sea retributiva, ya que esa reacción era meramente objetiva, basada en la causalidad material y no en la culpabilidad. A juicio de Von Liszt, aún en la más primitivas épocas se apercibe el fin de tutelar los bienes jurídicos y, poco a poco, el hombre adquiere la idea, la conciencia de ese fin" ... "la idea dominante era que la pena había de ser retributiva y que la justicia de la pena radicaba en su naturaleza ética no justifica ni fundamenta la pena. Sólo el fin puede justificarla y la pena justa será la que mejor proteja los bienes jurídicos. Para von Liszt la pena justa es la pena necesaria".
La pena se dirige contra la voluntad del delincuente, de forma coercitiva; edificando efectos inmediatos de la pena al destruir los bienes jurídicos propios de su voluntad ilícita; provocando la intimidación, corrección y neutralización al delincuente; protegiendo bienes jurídicos mediante la pena.
La pena se dirige contra los delincuentes y no contra la descripción del delito, el delincuente es el titular de los bienes jurídicos cuya lesión o destrucción constituyen la esencia de la pena. Para el derecho penal es imprescindible tomar en consideración tres puntos: 
a) Corrección de los delincuentes
b) Intimidación de los delincuentes
c) Neutralización de los delincuentes.

Criminología Critica- Criminología Marxista

Criminología critica- Criminología marxista


La criminología crítica intenta generar nuevas explicaciones del delito y critica las ya usadas:
Establece que existe una relación entre crimen y política.

Comprende los siguientes factores:
- Escepticismo de las teorías globales de delincuencia.
 -La comprensión de que el sistema es injusto.

 La nueva criminología critica las anteriores teorías del por qué se daba el conflicto social como son:

-Teoría del conflicto cultural
-Teoría del conflicto social
-Teoría de las subculturas


La criminologia critica es una teoría de la desviación  que otorga a la criminalización connotaciones sociales y comunitarias, más que patológicas.
En este sentido podemos definir la criminología crítica  como una rama dentro de la criminología que se cuestiona el origen  criminal de acuerdo  a intereses de grupos poderosos.


Par complementar esta definición tenemos otras 2 definiciones dentro de la  criminología crítica para poder introducirnos más en esta cuestión.

La primera la de chambliss 1978 quein dice que la criminalidad es el resultado de las imposiciones culturales relacionadas con el consumo y de las necesidades materiales fomentadas en el proceso de explotación de la plusvalía.

Segunda de Quinney de 1974 quien dice que el estado burgués tiene la función de legitimar  el modo de producción capitalista atribuyendo a las sanciones legales generales a los intereses de una minoría.

 Uno de los antecedentes de la criminología crítica es la criminología marxista.La cual sostiene que el delito proviene  de diversos factores factores


- La necesidad económica de los sectores pobres

- Sentimientos como el de ambición.

 -Falta de libertad  e igualdad

-Desaparición de las clases sociales

- Siempre habrá diferencias biológicas y siempre existirán diferentes coeficientes intelectuales  y culturales

- El poder político se lleva acabo  de una manera absoluta y totalitaria que regula todos los campos de la actividad humana

-En lugar de distribuir equitativamente la riqueza, los empobrece a todos concentrando el capital en manos del gobierno.




Esto genera
-competencia feroz por obtener dinero
-Hasta ahora el capitalismo no ha mostrado ser un sistema que pueda garantizar los drechos sociales en su plenitud.

La distribución de la riqueza no es equitativa
-          El capitlaismo genera personas ambiciosas y egoístas
Esta teoría dice que somos producto de una sociedad hay elementos que nos determinan.

Esta teoría mantienen que el crimen es producto de las contradicciones existentes en las sociedades capitalistas. Ven el derecho penal como algo que está a favor de la clase dominante y que sirve para oprimir a la clase trabajadora.
Generados en sociedades capitalistas
Donde existen:

-Desigualdad en la distribución de la riqueza

-Caóticas prácticas de los mercados

-Una ideología individualista



     


jueves, 13 de octubre de 2016

TEORIA DE LA IDENTIDAD SOCIAL

La teoría de la identidad social
Va ligada a la Psicología Social en las últimas décadas esta propuesta ha servido como base para otras corrientes.
la TIS es postulada por Henrry Tajfel junto a su dicipulo John C.Turner en la década de los 50.
La teoria versa en 3 importantes puntos
Categorizacion
Identificacion
Comparacion
https://docs.google.com/presentation/d/1QK_6YRGzbGc0BokO45P4vlx5olcNJnnl3GKKlJl-xAA/edit?usp=sharing

miércoles, 5 de octubre de 2016

EL ETIQUETAMIENTO Y EL CONFLICTO SOCIAL

Conjunto de perspectivas criminológicas desarrolladas a partir de los años sesenta, que incluye la teoría del etiquetado, las teorías críticas y las nuevas teorías feministas. Cada uno de estos sectores teóricos presenta, como es lógico, especificidades y matices propios. Sin embargo, todos ellos comparten algunos elementos importantes:

1- Suponen una reacción contra la Criminología tradicional, fundamentada en el paradigma del consenso, cuyo presupuesto de partida es concebir la delincuencia como una realidad factual, como un problema social, que debe ser explicado y atajado con medidas diversas.

 2- El paradigma que se halla en la base de todas las teorías de este grupo es, por el contrario, conflictual: la delincuencia, los delincuentes, sólo existen en la medida en que los mecanismos de control establecidos los definen y los tratan como tales.

3- Según ello, las leyes y la justicia no son una mera consecuencia resultante de la delincuencia existente en la sociedad. Las leyes son creadas para definir ciertos comportamientos, que generalmente son propios de los sujetos y grupos más frágiles (desde el punto de vista económico, cultural o racial), como indeseables y delictivos. Y a continuación, los instrumentos de control establecidos completan esta tarea condenando y segregando a tales individuos. Así pues, los mecanismos de control social son los que en realidad definen y crean la delincuencia existente en la sociedad.

4- Su principal perspectiva programática y aplicada no es estudiar a los delincuentes o tratar su conducta, sino reivindicar los derechos de los grupos marginados, transformar la sociedad, y redefinir el significado de la delincuencia. Tal y como se ha mencionado, las perspectivas criminológicas son múltiples y variadas. Las teorías del etiquetado, aunque generalmente es conocida como una única teoría, presenta diferentes matices según los autores que han trabajado dentro de ella. La herencia marxista, que se halla en el origen de las perspectivas críticas, se ha dividido en varias tendencias teóricas diferentes, con praxis de política criminal también distintas, desde los campos de trabajos forzados del régimen estalinista hasta grupos que proponen cerrar las cárceles o permitir la libre compra venta de cualquier tipo de drogas. Por último, las teorías feministas, que han puesto de relieve la incapacidad de la Criminología tradicional, hecha por hombres y a partir de la delincuencia masculina, para explicar adecuadamente las criminalidad femenina y el control social sobre ésta, también se ha planteado desde diferentes ópticas tales como el feminismo liberal, el feminismo marxista o el feminismo radical.